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SD 101371 – Expte. 25.561/2010 – “B. M. L. c/ SAV S.A. s/ despido” – CNTRAB – SALA II – 27/12/2012
DESPIDO INJUSTIFICADO. DIFUSIÓN DE FOTOGRAFÍAS A TRAVÉS DE RED SOCIAL –FACEBOOK–. Imágenes que mostraban a la trabajadora durmiendo o posando en posición de dormir en el lugar de trabajo. Empleadora que no acreditó los perjuicios que denunció como sufridos –daños a la imagen de la empresa–, como consecuencia de dicha difusión. Dependiente que no poseía antecedentes disciplinarios. RÉGIMEN DISCIPLINARIO PROGRESIVO –Arts. 67 y 218 de la Ley 20744–. Principio de conservación del contrato de trabajo –Art. 10 de la LCT–. POSIBILIDAD DE APLICAR UNA SANCIÓN MENOR QUE EL DESPIDO. Inconducta que no reviste suficiente gravedad como para impedir la continuidad del vínculo laboral
Citar: elDial.com - AA7D00
Publicado el 04/03/2013
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Términos mencionados en este fallo: trabajo, difusión, fotografías, durmiendo, posición, empleadora, contrato, perjuicio, accionada, hubiesen.